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Año 14 / Septiembre - Octubre / No. 83 U.M.S.N.H.
telecomunicación: el Internet, el cual permite la El incremento de la contratación electrónica
celebración del contrato de manera electrónica. Por se encuentra impulsado por el contexto social y, a
consiguiente, al indicar la existencia de un contrato su vez, por el constante desarrollo tecnológico. Al
electrónico que trae consigo los medios digitales, establecerse los contratos electrónicos, queda cla-
resulta evidente que la manifestación del consenti- ro que, al igual que los tradicionales o plasmados
miento no es como en el contrato que tradicional- en papel, son válidos siempre y cuando se cuente
mente se conoce, plasmando la voluntad mediante con los elementos y peculiaridades esenciales
la firma como elemento autógrafo o manuscrito. que permitan demostrar su autenticidad, espe-
Por el contrario, en el electrónico, se requiere de cialmente al momento de plasmar el consentimien-
la utilización de medios y equipos tecnológicos por to como mutua voluntad de los celebrantes.
los cuales debe exteriorizarse el consentimiento La tecnología se encuentra en constante
(Elías, 2005). avance y con ello la sociedad en evolución, por lo
Como resultado de lo anterior, el contrato que los ordenamientos legales son superados, sien-
tradicional se diferencia del electrónico en razón do necesario que se actualicen conforme avanzan
de su formalización, lo que se traduce en la forma los cambios sociales. Se deben incorporar a los
en la que las personas que lo celebran exteriorizan ordenamientos herramientas que permitan lograr
su consentimiento para la aceptación. En el tradi- una mejor administración e impartición de justicia,
cional se plasma la firma manuscrita, mientras que con el fin de evitar caer en vicios del consentimien-
en el electrónico se requiere de equipos tecnológi- to al momento de celebrar un contrato virtual.
cos no solo para manifestar el consentimiento, sino
también para apreciar su contenido.
Uno de los factores deter-
minantes de este tipo de
contratación es que puede
celebrarse en cualquier
tiempo y espacio, debido
a que se trata justamente
de un acuerdo de volun-
tades que se realiza por
medios electrónicos.
Demostrar validez y au-
tenticidad en contratos
electrónicos
Aguilar-Guerra V. (2006). El negocio jurídico. Colección la-contratacion-por-medios-electronicos/
de Monografías Hispalense. 5a. Edición, Guatemala.
https://books.google.com.mx/books/about/El_negocio_ López-Varas M. (2010). Regulación jurídica de la contra-
jur%C3%ADdico.html?hl=es&id=yAcuywAACAAJ&out- tación electrónica en el Código Civil Federal. Instituto de
put=html_text&redir_esc=y Transparencia y Acceso a la Información. 1ª. Edición, To-
luca, México. 142 p.
Elías E. (2005). La contratación por medios electrónicos.
Pórrua, 469 p. https://www.centrolibrero.com/productos/
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